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Rechazan planteo contra la apertura de la barrera sanitaria

La Federación de Entidades Rurales de Rio Negro no logró frenar la medida en los tribunales. El juez federal Hugo Greca consideró válidas las razones técnicas del SENASA. Los ganaderos habían alegado que la circulación de carne hacia el sur “sin restricción ni control podría poner en riesgo el estatus sanitario de la Patagonia”.

Agro31 de julio de 2025

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ASADO
El ingreso de carne con hueso desde el norte del Rio Colorado derivó en una baja de precios.

La Federación de Entidades Rurales de Río Negro perdió la batalla judicial contra la resolución del Senasa que habilitó el ingreso a la Patagonia de carne con hueso procedente de zonas libres de aftosa “con vacunación”. El juez federal de Viedma Hugo Greca ratificó la vigencia de esa medida por entender que la entidad ruralista no había aportado elementos técnicos suficientes para frenarla con una cautelar.

El juez aplicó el criterio según el cual “cuando el Estado es parte” debe prevalecer “una mayor rigidez en la apreciación de los recaudos”, y corren exigencias mayores para el accionante a la hora de probar “la manifiesta arbitrariedad del acto atacado”.

A fines de junio, y luego de cuatro meses de negociación con las provincias y las organizaciones de ganaderos, el SENASA comenzó a aplicar la flexibilización de la barrera que rigió durante más de 20 años en el Río Colorado, como línea divisoria entre las zonas libres de aftosa “sin vacunación” y las ubicadas al norte, que todavía vacunan.

En los hechos, el ingreso de carne con hueso “plano” procedente de La Pampa y otras zonas productoras derivó en un descenso en los precios del asado en las carnicerías de Neuquén y Río Negro. Los ganaderos de la zona consideraron afectado el estatus sanitario que le garantiza acceder con sus productos cárnicos a los mercados de exportación y acudieron a la Justicia.

La federación rionegrina había pedido por esa vía la suspensión provisoria de la resolución 460/2025 del SENASA hasta que se resuelva el recurso administrativo que tramita ante el mismo organismo. Argumentó que el Estado es responsable “en la prevención, control y erradicación” de enfermedades como la aftosa, y que la interferencia de una simple resolución con una ley nacional resulta “inconstitucional”.

Alegó que la apertura para la circulación de carne hacia el sur “sin restricción ni control” podría derivar en la transmisión del virus de aftosa a zonas sin vacunación y “poner en riesgo el estatus sanitario integral de la Patagonia”. También cuestionó que la resolución no haya estado precedida de “un procedimiento de consulta pública”.

La voz del organismo regulador

El juez Greca cotejó esa postura con un informe técnico aportado por el SENASA según el cual “no existe peligro o riesgo sanitario” que se derive de la medida. Dijo que es indispensable “evaluar con prudencia los procesos en los que el Estado es parte”, y más aún cuando una medida cautelar apunta a “detener la operatividad de un acto administrativo”.

Consideró que los elementos aportados por la federación de ruralistas no alcanzaron para revertir “la presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria que caracteriza el actuar de los poderes del Estado”.

El juez federal citó el informe del SENASA según el cual las acciones implementadas “permiten sostener con solidez que no existe circulación del virus de fiebre aftosa en el país, y que las adecuaciones al programa responden a criterios sanitarios y normativos de integración comercial”.

Para el magistrado, la Federación “no ha aportado elementos que menoscaben la contundencia del informe referido”. Entendió que la entidad accionante “”se limita a invocar el perjuicio que la medida aparentemente acarraría a un grupo de productores”, pero no consigue acreditar “la verosimilitud del derecho” que invoca en su petición.

En consecuencia, Greca resolvió “descartar la pretensión cautelar”, dado que la resolución del SENASA que habilitó el ingreso de carne con hueso al sur de la barrera “no presenta al menos en forma aparente una arbitrariedad que permita declarar la suspensión”.

Fuente: Diario RIO NEGRO

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