
“No recibimos fondos ni beneficios; actuamos como intermediarios institucionales”


La Asociación de Comercio, Industria, Producción y Afines del Neuquén (ACIPAN), ante las notas periodísticas publicadas en el día de la fecha y la intimación cursada por la Cooperativa Provincial de Servicios Públicos y Comunitarios de Neuquén Limitada (CALF), formuló precisiones técnicas e institucionales sobre su participación en el Programa de Promoción e Incentivo a la Eficiencia Energética.


En un comunicado de prensa, ACIPAN asegura que ya respondió los planteos de CALF por las vías formales correspondientes. En esta instancia pública, reiteró que su intervención se limitó a actuar como entidad intermediaria frente a sus socios usuarios de tarifas T2 y T3. La asociación no recibió fondos, subsidios, bonificaciones ni beneficios económicos de ninguna naturaleza.
En cumplimiento de su rol institucional, ACIPAN respondió oportunamente la carta documento remitida por CALF y comunicó formalmente a los beneficiarios del programa la obligación de informar el destino dado al incentivo recibido. La acreditación de las mejoras realizadas corresponde a cada usuario beneficiario, en tanto fueron ellos quienes recibieron el descuento en sus facturas y quienes ejecutaron las inversiones en sus respectivas instalaciones.


Origen y destino de los fondos
El Programa de Promoción e Incentivo a la Eficiencia Energética se financió con aportes no reintegrables otorgados por el Estado a CALF. La Provincia del Neuquén aportó $180 millones y la Municipalidad de Neuquén aportó $60 millones, por un total de $240 millones.
En el caso del aporte provincial, la operación fue instrumentada mediante el Decreto Nº 118/2023, de fecha 23 de enero de 2023, publicado en el Boletín Oficial Nº 4124. Dicho decreto estableció que los fondos serían transferidos a CALF para la instrumentación de programas de promoción e incentivo a la eficiencia energética destinados a usuarios de tarifas T2 y T3 de los sectores comerciales, industriales y de servicios.
En consecuencia, el flujo de fondos fue del Estado hacia CALF. ACIPAN no fue destinataria de esos recursos ni administró sumas vinculadas al programa. El beneficio se aplicó de manera directa sobre la factura de energía eléctrica de cada usuario alcanzado.
Por esa razón, ACIPAN sostiene que la rendición de los fondos públicos corresponde a la relación institucional entre los organismos aportantes y CALF, mientras que la acreditación técnica de las mejoras compete a cada usuario beneficiario.

Rol institucional de ACIPAN
En el marco de los convenios suscriptos entre CALF y ACIPAN durante 2023, la entidad empresaria cumplió una función de información, canalización y acompañamiento institucional frente a sus asociados.
ACIPAN no seleccionó beneficiarios, no certificó obras, no administró fondos públicos y no percibió beneficio económico alguno. Su intervención consistió en acercar la herramienta a usuarios alcanzados por las tarifas T2 y T3 y en transmitir las obligaciones informativas derivadas del programa.
A partir de las comunicaciones recibidas, ACIPAN puso en conocimiento de los beneficiarios la necesidad de informar el destino del incentivo y de acreditar las mejoras realizadas en sus instalaciones. Con ello cumplió el alcance de su intervención, que tuvo naturaleza estrictamente institucional e informativa.
Respuesta a la intimación de CALF
ACIPAN rechazó la atribución de mala fe, actuar malicioso o incumplimiento deliberado. Tales afirmaciones resultan improcedentes y no se ajustan a los hechos.
La entidad respondió en tiempo y forma las comunicaciones recibidas, brindó las explicaciones correspondientes y puso a disposición información sobre las mejoras de eficiencia energética informadas por los beneficiarios. También ofreció colaboración para que CALF pudiera constatar dichas mejoras en las instalaciones de los usuarios alcanzados.
Entre las inversiones informadas se encuentran la incorporación de luminarias LED, plafones, paneles, alumbrado perimetral, reflectores, proyectores, campanas colgantes, sensores interiores y exteriores, equipos de frío y calor split y multisplit con tecnología inverter, paneles solares para cargas eléctricas y termotanques solares.
ACIPAN reitera que no reconoce obligación propia de rendir fondos que nunca recibió ni administró. Tampoco admite que CALF le atribuya responsabilidad directa por la ejecución, certificación o auditoría de inversiones realizadas por terceros beneficiarios del programa.
La actual intimación reproduce planteos ya formulados y respondidos por la entidad. ACIPAN ratifica su disposición a colaborar dentro del marco de su competencia, pero rechaza cualquier intento de trasladarle responsabilidades que corresponden a otros sujetos de la relación administrativa, contractual o técnica.
Aclaración sobre Dante Scantamburlo
Finalmente, ACIPAN consideró necesario precisar que la personalización del reclamo en la figura de su actual presidente, Dante Scantamburlo, carece de sustento institucional.
“El señor Scantamburlo no ejercía la presidencia de ACIPAN al momento de la celebración de los convenios que dieron origen al programa. Su actual condición de presidente no permite atribuirle responsabilidades personales por actos institucionales anteriores a su mandato”.
Asimismo, ACIPAN deja constancia de que el señor Scantamburlo no se acogió, en carácter personal, al beneficio del programa. Por lo tanto, no existe una cuestión individual que deba ser explicada por su parte.
ACIPAN rechazó la indebida personalización de un asunto estrictamente institucional. El debate debe mantenerse dentro del marco técnico, documental y administrativo que corresponde, sin desplazarlo hacia imputaciones personales ajenas al objeto del reclamo.

Contexto tarifario
ACIPAN también ratificó que su preocupación central sigue siendo el costo de la energía eléctrica para comercios, industrias y prestadores de servicios de la ciudad y de la provincia.
La entidad viene planteando públicamente la necesidad de revisar la estructura tarifaria que afecta al sector productivo, con el objetivo de alcanzar condiciones más competitivas para la actividad económica, la producción y el empleo.
“Ese debate no debe confundirse con la discusión sobre el programa de eficiencia energética”. Son planos distintos: por un lado, la rendición de fondos públicos transferidos a CALF y aplicados mediante descuentos a usuarios; por otro, el reclamo institucional de ACIPAN por una tarifa eléctrica más competitiva para el comercio, la industria y los servicios.
Ratificación institucional
ACIPAN reafirma que actuó dentro del marco de los convenios suscriptos, que no recibió fondos ni beneficios, que cumplió su rol de intermediaria institucional y que comunicó a los usuarios beneficiarios las obligaciones informativas correspondientes.
La asociación rechaza la intimación de CALF en los términos formulados, niega la existencia de mala fe o incumplimiento propio y reitera que la rendición de los recursos públicos corresponde a la relación entre los organismos aportantes y CALF, mientras que la acreditación de las mejoras compete a cada usuario beneficiario.
ACIPAN mantiene su disposición al diálogo institucional, a la colaboración dentro del ámbito de su competencia y a la defensa de los intereses de sus asociados, con transparencia, responsabilidad y apego a los hechos.
La cooperativa CALF intimó al titular de Acipan Dante Scantamburlo a rendir cuentas por beneficios energéticos en Neuquén
La distribuidora eléctrica envió una carta documento al presidente de la cámara empresarial y le otorgó un plazo de 48 horas. Exigen los comprobantes de inversión de los comercios que recibieron millonarias bonificaciones en sus boletas.
La intimación de CALF
La Cooperativa eléctrica CALF de Neuquén envió una carta documento dirigida al presidente de ACIPAN Dante Scantamburlo para intimarlo a que rinda cuentas sobre los beneficios en las boletas de luz otorgados a medianas y grandes firmas de la región. Este jueves, la entidad empresaria deslindó responsabilidades a través de un comunicado oficial en el que aclaró su rol en el millonario programa de eficiencia energética.
Según consignó el Diario RÍO NEGRO, el inicio del conflicto se enmarca en el Programa de Promoción e Incentivo a la Eficiencia Energética, un plan de alivio estructural articulado a partir de convenios de colaboración mutua firmados originalmente a finales de 2022 y expandidos consecutivamente a lo largo de 2023.
El requerimiento legal surge a partir de un pedido de informe del municipio neuquino, que solicitó a la cooperativa un informe de lo realizado por los comercios con el beneficio recibido. Se requirió el desglose de los beneficiarios y la rendición de cuentas sobre qué inversiones puntuales realizó cada comercio para incorporar energías renovables o disminuir el impacto ambiental negativo.
Exigen la presentación inmediata de los comprobantes técnicos y fiscales que acrediten el correcto usufructo de los millonarios beneficios en las boletas de luz otorgados a medianas y grandes firmas de la región.
A partir de esa solicitud, la Cooperativa cursó una intimación directa a Scantamburlo concediéndole un plazo improrrogable de 48 horas hábiles para destrabar las carpetas operativas.
En caso de que la documentación requerida no sea presentada, CALF podría exigir por la vía judicial la restitución total de las sumas de dinero aplicadas en concepto de bonificación junto con sus respectivos intereses punitorios.






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Economía 17 de junio de 2026







