Neuquén comienza a regular los alquileres temporarios

La ley que aprobaron los diputados alcanza a departamentos ofrecidos en plataformas como Airbnb, Booking y en redes sociales. Establece que todos los alojamientos deberán estar inscriptos en el Registro Público Provincial de Alojamientos a Corto Plazo e incluye un régimen de sanciones con apercibimientos, multas y suspensiones para quienes incumplan la norma.
Turismo03 de junio de 2024
ALOJAMIENTOS INFORMALES1
La ley busca prevenir que turistas caigan en estafas a través de plataformas digitales.

Los alquileres temporarios en Neuquén ahora están regulados por una ley que aprobaron los diputados provinciales. La norma establece una serie de requisitos para los anfitriones y busca prevenir que turistas caigan en estafas a través de plataformas digitales como Booking, Airbnb o redes sociales.

La ley 3440 alcanza a todos los inmuebles destinados a alojamientos a corto plazo, es decir, el alquiler en unidades con destino habitacional por un período mínimo de una pernoctación y de hasta un máximo de 30 días.

La primera regulación que introduce el texto es que todos los alojamientos deberán estar inscriptos en el Registro Público Provincial de Alojamientos a Corto Plazo a cargo del ministerio de Turismo. Allí los propietarios deberán confirmar, como declaración jurada, que el inmueble posee instalaciones y artefactos de gas y electricidad en buen estado de funcionamiento; que cuenta con los elementos de seguridad e higiene esenciales; y que se encuentra a disposición de los huéspedes, en lugar visible, una cartilla con plano de evacuación, si corresponde, y teléfonos de emergencia.

Si el propietario se inscribe en el Registro, recibe automáticamente una constancia de inscripción, la que debe ser puesta a disposición de los huéspedes para que sepan que están alquilando un departamento o cabaña en regla.

Ese número de inscripción deberá ser exhibido «en toda reserva, comunicación, publicidad, plataformas de comercialización, sitios de consulta, redes sociales, páginas web, folletería, medios online y/o escritos, audiovisuales, radiales y en cualquier otra metodología promocional o comunicacional en la que se ofrezca la unidad como alojamientos a corto plazo».

Es decir, a partir de la puesta en marcha de esta ley, en plataformas digitales como Booking o Airbnb deberá estar consignado el número de registro para que quienes están buscando alquiler temporario sepan que es una oferta segura.

La ley prohibe publicaciones en cualquier medio de las ofertas de los inmuebles destinados a alojamientos a corto plazo que no cuenten con esta constancia de registro.

También incluye un régimen de sanciones con apercibimientos, multas y suspensiones para quienes incumplan la norma.

Los titulares de alquileres temporarios tendrán un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigencia de la ley para adaptarse, por lo que la puesta en marcha del registro no será inmediata. El Ejecutivo también tendrá 90 días para reglamentar la ley.

Fuente: RIO NEGRO

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