Petroleros “de pozo” no pagaran Impuesto a las Ganancias
Los trabajadores del petróleo y gas de la cuenca neuquina fueron exceptuados del pago de Impuesto a las Ganancias. Así surge de la reglamentación del artículo 82 de la Ley 27.743, publicado esta mañana en el Boletín Oficial.
La organización, conducida por Marcelo Rucci, aseguró que se logró “una histórica victoria para los afiliados”.
Según lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27.743, el "personal de pozo" incluye a aquellos que realizan actividades esenciales como la exploración petrolífera o gasífera, tareas en boca de pozo, perforación, terminación, mantenimiento, reparación, intervención, producción, servicios de operaciones especiales y servicios de ecología y medioambiente.
Asimismo, se reconoce como "personal de pozo" a los trabajadores que, aunque no se encuentren directamente en los pozos, desarrollan labores indisolubles a estas actividades, como la operación y mantenimiento de instalaciones necesarias para la producción de hidrocarburos.
Se reconoce como "personal de pozo" a los trabajadores que, aunque no se encuentren directamente en los pozos, desarrollan labores indisolubles a estas actividades, como la operación y mantenimiento de instalaciones necesarias para la producción de hidrocarburos
La excepción contenida en el segundo párrafo del mencionado artículo 82 excluye a personal directivo, ejecutivo y gerencial, asegurando que el beneficio se dirija específicamente a los operarios.