La Justicia neuquina ordenó suspender la retención de Ganancias
La jueza María Victoria Bacci hizo lugar al amparo presentado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y ordenó a la Provincia de Neuquén desestimar la retención de los haberes con la aplicación del Impuesto a las Ganancias a todos los estatales.
La magistrada resolvió hacer lugar a la medida cautelar peticionada y ordenó la aplicación de 16 Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) "y especialmente la ley Provincial 3.378 hasta tanto recaiga sentencia definitiva en estos actuados", según dice textualmente el fallo emitido este jueves.
El principal argumento de la letrada fue el presentado por el Fiscal de Estado Raúl Gaitán, que sostiene que: “la Ley resulta inconstitucional por violar: a) el reparto de competencias entre el estado federal y las provincias, b) el procedimiento de sanción de las leyes, c) el principio de igualdad tributaria y razonabilidad, d) el principio de progresividad en derechos humanos".
De esta forma, los sectores de trabajadores alcanzados son los de Obras Públicas (2830); Consejo Provincial de Educación-CPE (2890), Dirección Provincial de Rentas (2894), Tribunal de Cuentas (2937), IPVU ADUS (2942), Dirección Provincial del Registro Civil y Capacidad de las Personas (3046), Desarrollo Social y Familia (3077), Termas EPROTEN (3096), Salud (3118), Radio y Televisión del Neuquén-RTN (3172), Vialidad (3173), Ente Provincial de Agua y Saneamiento-EPAS (3193), Subsecretaría de Trabajo (3198), Desarrollo Territorial, Producción, Turismo y otros (3215), Ente Provincial de Energía-EPEN (3325) y O.P.T.I.C. (3326).
En Neuquén, los estatales en general estaban cubiertos en la vieja versión de Ganancias por los alcances de la ley provincial 3.378, que fue el instrumento pactado por los gremios con el Ejecutivo para gambetear los descuentos previstos por la normativa impositiva. Con la normativa, aprobada a fines del 2022, se dispuso que el 60% de los ingresos de los empleados es su sueldo, mientras el 40% restante corresponde a dedicación funcional. Este último concepto, quedaba exceptuado para el cálculo del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
La iniciativa elevada por el gobierno provincial buscó mantener el beneficio incluido en el presupuesto 2023 en relación al alivio del impacto del impuesto a las ganancias en los sueldos de los agentes de la Administración Pública. La norma ratifica las actas adenda de los CCT que incorporaron el concepto de “dedicación funcional” en la composición de las remuneraciones, concepto sobre el que no deben aplicarse retenciones por la cuarta categoría.
Con la inclusión en el fallo de la ley 3378, otros sectores también quedarían exceptuados de ganancias. Es el caso de la Policía y los comprendidos por el artículo 53 de la Ley provincial 3190 (ministros y cargos de dirección en diversos organismos provinciales).
“El debate tiene que ser desde la política”
El gobernador Rolando Figueroa reiteró hoy su rechazo a la nueva implementación del Impuesto a las Ganancias y consideró que “el debate tiene que ser desde la política”. Se refirió a los planteos que se hicieron en la Justicia Provincial y Federal y expresó que, si bien “somos respetuosos de esos caminos”, desde el gobierno neuquino “seguiremos insistiendo con el debate político”.
“Estamos en contra de la reimplementación del Impuesto a las Ganancias para la renta de la cuarta categoría, porque consideramos que genera un impacto muy desfavorable desde tres planos diferentes hacia las provincias patagónicas y específicamente para Neuquén”, aseguró el mandatario durante una rueda de prensa.
Criticó la decisión de eliminar el diferencial que se computaba para los trabajadores patagónicos y consideró que debería ser superior al 50%. Dijo que era “una ventaja comparativa en cuanto al incremento de las deducciones personales en un determinado porcentaje por los altos costos de la Patagonia. Para nosotros debería ser por lo menos un 50%”.
Figueroa destacó que con la restitución del impuesto “existe una transferencia entre los distintos trabajadores patagónicos hacia las provincias del norte” y que además se genera una disminución del dinero circulante en las provincias patagónicas. “Que la implementación de esta categoría termine siendo compensada en los recursos que van a ingresar a las provincias por la disminución del Impuesto a los Bienes Personales, para nosotros es un perder desde tres planos diferentes”, aseveró.
“Quienes defienden la progresividad del tributo tendrían que contemplar el impacto económico con la tasa efectiva, donde la propensión marginal al consumo que tiene la Patagonia es alta y la propensión marginal hacia el ahorro es baja”, concluyó.