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Diputados neuquinos debaten el cobro "a cuenta" de Ingresos Brutos

La polémica iniciativa prevé el pago anticipado de Ingresos Brutos para todos los productos o mercaderías que ingresen a la provincia. Se indica que todos los contribuyentes que ejerzan actividad en Neuquén deberán abonar este anticipo y que la base de cálculo del pago a cuenta será el valor consignado en la factura. Al monto exhibido en la factura, se le debe sumar una alícuota del orden del 1%.

Economía 25 de abril de 2024

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La iniciativa fue presentada por el diputado Carlos Coggiola, del bloque Neuquén Federal.

Un polémico proyecto de ley que establece un pago a cuenta de Ingresos Brutos para los productos o mercaderías que ingresen a la provincia de Neuquén comenzó a tratarse en la comisión de Presupuesto de la Legislatura.

La iniciativa, que tendría la venia del gobernador Rolando Figueroa, a partir de que fue presentada por el diputado Carlos Coggiola, aliado del oficialismo y que representa del bloque Neuquén Federal, buscará mejorar la recaudación local de impuestos, y se sumará, de aprobarse, a la reforma tributaria que el Ejecutivo lanzó en febrero con la readecuación de algunas alícuotas.

El proyecto establece, en su artículo primero, “un régimen de pago a cuenta de anticipo del impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto a los productos o mercaderías que ingresen a la provincia del Neuquén, por cualquier medio, para su compraventa, o remisiones entre sucursales, o entregas en depósito o en consignación”.

Y que quedarán alcanzados por la medida “las personas humanas y/o jurídicas que transporten por sí o por intermedio de terceros, productos y/o mercaderías cuyo destino final sea la comercialización en la jurisdicción de la provincia”.

Se indica que todos los contribuyentes que ejerzan actividad en Neuquén deberán abonar este anticipo del impuesto sobre los Ingresos Brutos, y que la base de cálculo del pago a cuenta será el valor consignado en la factura o documento equivalente (remito o recibo) que lleve consigo el encargado de transportar el producto o mercadería.

Proyecto

Respecto de los importes, el texto de la ley detalla que, al monto exhibido en el valor de la factura, se le debe sumar una alícuota del orden del 1 por ciento.

Quedarán exceptuadas del pago las personas que se encuentren exentas o no gravadas en el impuesto a los Ingresos Brutos, conforme Código Fiscal de la provincia, como también las operaciones cuya base imponible no supere los 500.000 pesos o que hayan abonado de manera anticipada al menos cuatro meses de manera consecutiva.

Respecto a la acreditación, presente en el artículo 8 del proyecto de ley, se establece que “el ingreso del pago a cuenta debe acreditarlo el transportista de la mercadería, debiendo acompañar para cada caso: a) Factura/s o remito/s de la carga transportada. b) Constancia de transferencia bancaria. c) Entrega de formulario de determinación del anticipo. d) Constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) del titular de la mercadería o producto transportado”

En cuanto a las sanciones (artículo 9), se indica que “en los casos en que el transporte no conste con la documentación de respaldo de lo transportado y/o no cuente con el comprobante de ingreso del anticipo, será sancionado con el monto de $100 000 a ingresar en el plazo de 15 días de registrado el incumplimiento”.

Recaudación

De sancionarse esta ley, se sumará a la medida tributaria que el gobernador Figueroa implementó en febrero y que determinó la suba de alícuotas sobre los Ingresos Brutos para cuatro actividades en la provincia.

En su momento, el subsecretario de Ingresos Públicos, Juan Martín Insúa, explicó que más del 70% de esa recarga impositiva irá al sector financiero, bajo el argumento de que este “pagaba la alícuota más baja de todo el país”.

Lo mismo dijo respecto al segundo sector afectado por la suba de impuestos, como es es el de la construcción, y que todo este paquete no podía considerarse un “impuestazo” porque, una vez aplicado, seguía por debajo de la alícuota tope del consenso fiscal que fue establecido por la Nación con el conjunto de las provincias.

El sector financiero pasó a pagar una alícuota del nueve por ciento (era del siete), mientras que en el sector de la construcción subió del 1,5% al 2,25%. La sorpresa, en este último caso, es que la anterior administración provincial, a cargo de Omar Gutiérrez, la había fijado en esos valores con el objetivo de incentivar la actividad de la construcción.

Fuente: LM NEUQUEN

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